Presentación
El proyecto ingresa a la sesión y se gira a la comisión que corresponde.
Concejo Deliberante de Eldorado
La memoria institucional de Eldorado y el marco de atribuciones que sostiene la representación, el debate y la participación ciudadana.
01 · Origen institucional
Desde 1919 la administración y las tareas legislativas de Eldorado estaban a cargo de las comisiones de fomento. En 1950 la colonia de Eldorado pasa a ser municipio. Deja de ser interventor Pantaleón Dutka dando lugar Leandro A. Berón, que luego asume como comisionado Municipal y comienza a funcionar el Honorable Concejo Municipal. Es electo como presidente del concejo el señor Alberto Bejar Barrios.
En 1919 nace Eldorado.
En Misiones ejercía su primer periodo de gobierno el Dr. Héctor Barreyro (1917-1920). Según censo de 1920 Misiones tenía una población de 63.176 habitantes, de los cuales 42.645 eran argentinos (67,5 %), 9.294 ciudadanos con derecho al sufragio y la población se quintuplicó entre 1914 y 1947 donde hubo gran concentración en Eldorado.
descriptionEl Dr. Hipólito Irigoyen, presidente de la Nación, presentó proyecto de ley de provincialización de Misiones justificando que se “...había superado el número de habitantes exigido, que sus pueblos tenían gran actividad comercial por su posición geográfica y por la riqueza de sus tierras...”.
Proyecto de provincialización de Misiones
Marco institucional
Atribuciones y deberes del Concejo Deliberante de Eldorado.
Alcance de la enumeración: Esta enumeración no es taxativa, incumbiendo al Concejo Deliberante legislar sobre todo aquello que contribuya al bienestar del pueblo y a la satisfacción de las necesidades vitales, en el marco de lo previsto en la presente Carta Orgánica y en la Constitución Provincial.
El Cuerpo Deliberativo tiene, además, la facultad de controlar las acciones encaradas por el Municipio, solicitando informes y explicaciones a sus funcionarios.
03 · Trabajo legislativo
Todo asunto que promueva o presente un Concejal deberá ser en forma de Proyecto de Ordenanza, Resolución, Declaración o de Comunicación.
El proyecto ingresa a la sesión y se gira a la comisión que corresponde.
Las comisiones estudian, debaten y perfeccionan el proyecto para emitir dictamen.
El expediente puede ser aprobado, desaprobado o volver a comisiones.
El Departamento Ejecutivo puede promulgarlo o vetarlo dentro de los 10 días hábiles.
Es una disposición emanada del Concejo Deliberante Eldorado (CDE), que crea, reforma, suspende o deroga una regla general, cuyo cumplimiento compete al Municipio.
Es una disposición que adopta el CDE, que tiene por objeto pedir informes, contestar, pedir, proponer algo o adherirse a algún asunto particular.
Es una disposición que adopta el CDE, y que tiene por objeto expresar una opinión del Concejo sobre cualquier asunto público o privado o manifestar su voluntad de realizar algún acto, en tiempo determinado.
Es un informe destinado a recomendar, requerir información o exponer algo al Departamento Ejecutivo (Municipalidad de la Ciudad de Eldorado).
Internamente, el Concejo se divide en Comisiones por áreas temáticas, en las cuales hay un Presidente y se evalúan los proyectos que van a ser tratados en el pleno del Órgano, que han sido previamente enviados a la misma por la sesión anterior.
Los Proyectos de Ordenanzas, Resoluciones, Declaraciones y Comunicaciones son debatidos y perfeccionados para su posterior sanción por las comisiones internas de trabajo del Concejo y corresponden a temas de salud, educación, cultura, legislación general, seguridad, moralidad, tránsito, ecología, medio ambiente, etc.
Las Comisiones de Trabajo dictaminan independientemente cada una, pero a su vez interrelacionadas en un marco de congruencia para su aprobación. Una vez aprobadas o sancionadas por el Concejo Deliberante, pasan al Departamento Ejecutivo para que sean promulgadas o vetadas por el Intendente. En el caso de ser vetadas, vuelven al Concejo Deliberante para su nuevo tratamiento o rechazo del veto.
Presentación del proyecto: Se tratan los expedientes en las comisiones de trabajo. Terminado el circuito de comisiones va con despacho de comisión a la sesión.
Los Concejales pueden pedir el tratamiento sobre tablas de un proyecto aunque no tengan despacho de comisión. Si salen aprobados, el Departamento Ejecutivo tiene 10 días hábiles para vetar total o parcialmente o promulgar. Si se vetan pueden volver al Concejo por única vez.
Si son promulgadas adquieren carácter público y obligatorio dentro del Municipio.